La Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) ha acreditado a AENOR para verificar la asignación de los derechos de emisión.
AENOR verificará el informe metodológico y el formulario de datos presentado por las instalaciones, y comprobará que la instalación cumple con los requisitos de la Decisión de la Comisión Europea de 21 de abril de 2011, por la que se determinan las normas transitorias de la UE para la armonización de la asignación gratuita de los derechos de emisión.
El comercio de derechos de emisión en España se puso en marcha en 2005 para reducir las emisiones de CO2 en los sectores industriales y de generación eléctrica, y afecta a casi 1.100 instalaciones (45 % de las emisiones totales de los gases de efecto invernadero).
Entre los sectores incluidos en el régimen europeo de comercio de derechos de emisiones se encuentran el de combustión y refinerías de petróleo, fabricantes de cemento, cal, vidrio, yeso, cerámicas, acero, metales férreos, aluminio, papel y cartón.
Las peticiones de asignación de derechos gratuitos se pueden presentar en cualquier momento y hasta el año 2020; el único requisito es que haya transcurrido un año desde el inicio de funcionamiento “normal” (por encima del 40% de su capacidad). Para la asignación de los derechos, las instalaciones deben presentar un informe verificado por un tercero independiente y debidamente acreditado.
Fotografía de portada:Osolev en Flickr (cc)