El órgano consultivo estará formado por dos representantes del Ayuntamiento y 12 miembros de distintas entidades sociales de la ciudad, incluidos el sector Horeca, las ONG, la Universidad o la Cámara de Comercio, entre otros.

El Ayuntamiento de Alicante ha aprobado en Junta de Gobierno el proyecto de reglamento de funcionamiento del consejo de Participación Ciudadana de los Servicios de Valoración y Eliminación de Residuos Domésticos y Asimilables, correspondiente al Plan Zonal 9, Área de Gestión 4, que corresponde a Alicante.
El concejal de Limpieza Viaria y Residuos Urbanos, Manuel Villar, explicó que este órgano asesor está contemplado en la legislación autonómica desde mediados del pasado año y su objetivo es asesorar a los órganos de gobierno del Consorcio en la toma de decisiones y acuerdos, como órgano consultivo y de participación ciudadana.
Villar comentó que «cada Plan Zonal de Residuos debe tener su consejo de Participación Ciudadana de la planta de tratamiento para consulta de los planes y estrategias de gestión de residuos«.
Se trata de un órgano consultivo, que en el caso de Alicante estará compuesto por un presidente y vicepresidente que serán representantes políticos del Ayuntamiento y 12 miembros representantes de distintas entidades sociales de la ciudad: un representante de cada una de las cinco Juntas de Distrito, un representante de la Universidad, de la Cámara de Comercio, del Sector Horeca, de una ONG medioambiental, Ecoembes, OCU y un representante también de un Colegio Profesional del sector.
Los portavoces de los grupos municipales podrán asistir con voz pero sin voto, al igual que los técnicos municipales, expertos o personas que se requiera. La asistencia como vocal no será retribuida, tendrá una duración de cuatro años, renovable, y se cesará cada vez que termine el mandato de la Corporación Municipal.
El responsable del área señaló que se ha procedido a la aprobación inicial para pasar el trámite ordinario que exige aprobación en la Comisión de Servicios, Pleno, alegaciones y aprobación definitiva para su posterior constitución.