Tras la sentencia del TSJA que ha tumbado la ordenanza que regulaba la tasa por prestación del servicio, la Diputación de Granada reclama la participación de los ayuntamientos en el nuevo modelo de gestión de residuos.
El presidente de la Diputación de Granada, José Entrena, participó el pasado lunes en una reunión con los alcaldes y representantes de todos los municipios de la provincia para abordar el sistema de gestión de residuos urbanos, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anulara la ordenanza, aprobada por el anterior equipo de gobierno provincial, que regulaba la tasa por prestación del servicio.
Entrena explicó a los alcaldes y concejales que “la sentencia obliga a replantearlo todo”, y que es necesario “abordar de manera conjunta las posibles soluciones a un problema que afecta a todos los ciudadanos de la provincia”.
“Tendremos en cuenta la voz de los alcaldes para establecer una fórmula consensuada, que se ajuste a derecho y que no perjudique a nadie”, destacó.
El presidente informó además de que, según un estudio económico de explotación del servicio encargado por la Diputación de Granada, el precio por tonelada de residuos urbanos tratados es de aproximadamente 34 euros, que tendrán que abonar los ayuntamientos.
En cualquier caso, las soluciones, según Entrena, pasan por la creación de una nueva entidad: una red intermunicipal o algún otro tipo de herramienta que permita la participación de los alcaldes y alcaldesas de la provincia Granada, la transparencia en la gestión y el cobro del servicio que garantice la estabilidad financiera de la institución.
También insistió en que existe “muy poco margen de tiempo para que el nuevo sistema esté en funcionamiento a principios de año”. Y añadió que “ahora, le corresponde a los ayuntamientos, que son los que tienen las competencias, modificar sus ordenanzas fiscales para establecer la tasa por la prestación del servicio de tratamiento de residuos”.
José Entrena recordó la sentencia del pasado mes de julio que declaraba nula la ordenanza reguladora de la prestación del servicio de tratamiento de residuos sólidos urbanos, y explicó que, en esta segunda sentencia, los tribunales han resuelto que la Diputación no tiene potestad tributaria y, por tanto, no podía elaborar, aprobar e imponer una ordenanza fiscal de ámbito provincial. Es decir, la Diputación no tenía competencias para establecer la tasa de tratamientos urbanos sólidos, sino que son los ayuntamientos quienes pueden hacerlo.