Christian Morron Lingl.
Abogado.
TERRAQUI. Derecho ambiental.
Se trata de una de las medidas para prevenir la generación de residuos de la Directiva 2018/851, que impone la obligación de los productores de facilitar información en la materia, a la que tendrán acceso los gestores de residuos
El denominado paquete sobre la economía circular plantea un incremento del reciclado y la reutilización en beneficio tanto del medio ambiente como de la economía, tendente a extraer el máximo valor y uso de todas las materias primas, productos y residuos, fomentando el ahorro energético y reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero. Ahora bien, un obstáculo para alcanzar dicho objetivo lo constituye la presencia de determinadas sustancias químicas, que, de facto, pueden constituir barreras técnicas que impidan el reciclaje. En consecuencia, para alcanzar las cuotas de reciclaje que establece la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, es necesario sustituir esas sustancias químicas preocupantes y, cuando no sea posible, reducir su presencia y mejorar su trazabilidad.
Una vía para superar esa dificultad, que repercute en la aceptación del mercado de materiales recuperados, consiste en la mejora de la disponibilidad de la información sobre la presencia de sustancias preocupantes para quienes manejan los residuos y los preparan para su recuperación. Garantizar que la información adecuada sobre sustancias preocupantes en los productos sea accesible a todos los agentes de la cadena de suministro y que, en última instancia, también esté disponible para los operadores de residuos, ha de contribuir, sin duda alguna, a la promoción de los ciclos de materiales no tóxicos y a la mejora de la gestión de riesgos de las sustancias químicas durante las reparaciones y otras formas de reutilización, así como en los procesos de recuperación de residuos.
A los efectos del indicado fomento de la reducción del contenido de sustancias peligrosas en materiales y productos, y, con ello, prevenir la generación de residuos peligrosos, el apartado 2 del artículo 9 de la Directiva (UE) 2018/851 dispone que la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) creará, a más tardar el 5 de enero de 2020, y mantendrá una base de datos para los datos que ha de transmitir todo proveedor de un artículo (como un tenedor o un tenedor de plástico de una sola pieza) o productos complejos (formados por varios artículos; por ejemplo, un aparato electrónico), con una composición química considerada como preocupante en una concentración superior al 0,1 % peso/peso. La ECHA dará acceso a esa base de datos a los operadores de tratamiento de residuos, y, asimismo, a los consumidores, en este último supuesto previa solicitud.
Esta semana, la ECHA ha dado a conocer los detalles de la futura base de datos sobre sustancias peligrosas en artículos y productos para mejorar la gestión de residuos, concretamente, la información a proporcionar que permita identificar el artículo, el nombre, el grado de concentración y la ubicación de la composición química considerada como preocupante en ese artículo, así como otra información sobre la utilización segura del artículo en cuestión. En su nota informativa, dicha agencia también informa que a principios del año entrante tendrá preparado el prototipo de la base de datos.
Este deber legal de proporcionar esa información a la ECHA, a incorporar en el ordenamiento jurídico español antes del 5 de julio de 2020 y que tendrá que hacerse efectiva por los obligados antes del 5 de enero de 2021, alcanza tanto a los proveedores y productores de la UE de artículos, como a los importadores de artículos en la UE, los cuales deberán recurrir a sus proveedores de artículos no pertenecientes a la UE para recabar la información que necesiten.
Estamos ante una medida tendente a la minimización de la presencia de sustancias peligrosas en los residuos a tratar y, en definitiva, en los materiales reciclados, que ayudará a los operadores de residuos a mejorar sus técnicas y procesos de separación y reciclaje de residuos, gracias a la mejora del conocimiento de la presencia de sustancias peligrosas en aquellos artículos o productos complejos que gestionen como residuos.