La reducción de los límites de concentración de retardantes de llama como el PBDE y el HBCDD preocupa especialmente al sector de la gestión de residuos.
La Comisión de Medio Ambiente del Parlamento Europeo votó el pasado 31 de marzo una serie de enmiendas y su proyecto de informe relativos a los anexos IV y V del nuevo Reglamento sobre compuestos orgánicos persistentes (COP), que determinan el tratamiento de los residuos que contienen COP. El objetivo de esta revisión es actualizar, para determinadas sustancias y grupos de sustancias, los límites de concentración en los residuos.
En particular, la reducción de los límites de concentración de PBDE y HBCDD (retardantes de llama) preocupa al sector de la gestión de residuos.
El reto consiste en encontrar la mejor opción política y temporal, al tiempo que se garantiza un marco normativo coherente para reducir las sustancias COP desde la producción hasta el final de su vida útil, al tiempo que se aumenta la circularidad y el reciclaje y se reducen las emisiones de gases de efecto invernadero.
Reforzar el enfoque de contaminación cero, según el cual el reciclaje debe producirse tras la separación/clasificación de los residuos de COP/no COP, requiere una trazabilidad completa, separación, controles y descontaminación. Se necesita un periodo de transición suficiente para hacerlo realidad. En este sentido, la asociación europea de gestores de residuos FEAD propuso una serie de condiciones en consonancia con una de las opciones (la nº 2) que examinó la Comisión Europea.
La FEAD subraya la importancia de un periodo de transición de 5 años para aplicar el nuevo límite de concentración de 500 mg/kg. Ello permitiría disponer de tiempo suficiente para realizar las inversiones necesarias para las nuevas técnicas de separación que permitan alcanzar dicho umbral. También considera que este periodo de transición es necesario para recoger datos sobre la presencia de estas sustancias en los flujos de residuos y desarrollar métodos y normas de medición.
El caso de los PBDE y HBCDD, es de especial importancia para el tratamiento de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), porque su uso ya está en declive, lo que refleja su disminución en los nuevos equipos y dispositivos.
Para la FEAD, un periodo de transición ayudaría al sector a alcanzar los nuevos umbrales de la UE, tratar de forma sostenible los RAEE en instalaciones seguras para el medio ambiente, evitar que las instalaciones se conviertan en activos abandonados y que se produzca un gasto excesivo que aumente el precio de los reciclados.
La organización considera también que los nuevos umbrales de 100 mg/kg propuestos por la Comisión de Medio Ambiente del Parlamento Europeo detendrían cualquier reciclaje en los flujos de residuos relacionados sin justificación.
Por lo tanto, la FEAD apoya el mandato del Consejo para negociar con el Parlamento Europeo sobre la base del límite de concentración de 500 mg/kg, tal y como propone la Comisión Europea, que se reducirá en su caso 7 años después de la entrada en vigor del Reglamento revisado. Y, además, pide un periodo de transición como el mencionado anteriormente.