La sociedad pública del Gobierno Vasco Ihobe consensuará con empresas ligadas al sector de la obra civil los criterios de compra pública verde que puedan ser aplicados en este ámbito, como el uso de materiales reciclados.
El contraste de criterios se realizará en el marco de la celebración del “Jueves de Ecoeficiencia-Ekosteguna” que se celebrará el próximo 23 de abril en Bilbao bajo el título “Contratación Pública Verde de Obras e Infraestructuras: contraste de criterios ambientales con las empresas del sector”. El Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial quiere así contrastar y mejorar con los sectores de actividad implicados los criterios de compra pública verde para obras públicas de infraestructuras viarias, ferroviarias, portuarias y de abastecimiento.
Esta jornada se dirige al conjunto de empresas que pertenecen a esa cadena de valor: entidades promotoras, proyectistas, empresas constructoras, productoras, comercializadoras y usuarias de materiales reciclados basados en residuos de construcción y demolición (RCD), escorias, etc., así como empresas operadoras.
Los criterios que se definan finalmente serán incorporados al Manual de Compra y Contración Pública Verde, editado por Ihobe, y que ya recoge los requisitos para realizar una compra verde en 26 productos o servicios, como mobiliario de oficina, alimentación, viajes, productos de limpieza o servicios de catering.
Una de las últimas incorporaciones al citado manual han sido los capítulos relacionados con el sector de la construcción, al que se han sumado los criterios de compra pública verde para obras de edificación sostenible, obras de urbanización, pavimentos exteriores, envolventes y pavimentos, revestimientos y acabados interiores, cuyos criterios han sido extraídos de las Guías de Edificación y Rehabilitación Sostenible del País Vasco.
La Compra y Contratación Verde es la compra o contratación de productos y servicios que considera no solo los aspectos económicos o técnicos sino también su impacto ambiental en todo su ciclo de vida. Esto supone que, además de tener en cuenta el comportamiento ambiental de los materiales y productos usados o adquiridos (incluido su uso y su proceso de fabricación), deberá tenerse en cuenta también los métodos y procedimientos en la ejecución de los contratos y el comportamiento ambiental de los proveedores y de los propios fabricantes.