Diversos productos como cápsulas de café, bastoncillos de las orejas o pajitas de bebidas solo podrán comercializarse en las Islas Baleares si están fabricados con materiales compostables.
Alcanzar más calidad en el medio ambiente y más protección de la salud humana, garantizar un uso prudente y racional de los recursos naturales y promover una economía más circular son las finalidades del Anteproyecto de ley de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares, que el pasado jueves salió a exposición pública. Durante treinta días se podrán hacer alegaciones al texto, pionero en la comunidad autónoma y que establece unos objetivos, y las herramientas para alcanzarlos, en la línea de lo que marca la Unión Europea, como es la reducción de un 10% de los residuos generados con vistas a 2020 y de un 20% para 2030.
Para acabar con la problemática del abandono de residuos en el medio natural, especialmente plásticos, la normativa establece una serie de acciones. Así, las bolsas de plástico de un solo uso tendrán que desaparecer de los comercios en 2019, aunque se prevén algunas excepciones.
Un año después, en 2020, las vajillas de plástico de usar y tirar tendrán que sustituirse por las compostables y se deberá evitar la venta de productos que contengan microplásticos o nanoplásticos y las versiones no recargables de mecheros, maquinillas de afeitar, cartuchos y tóneres de impresora y fotocopiadora.
Los establecimientos de hostelería y restauración de Baleares ofrecerán siempre la posibilidad de consumir agua no envasada
En el mismo horizonte de 2020, las cápsulas de café de un solo uso fabricadas con materiales no fácilmente reciclables tendrán que dejar paso a las compostables, y solo se podrán comercializar las pajitas para bebidas, los bastoncillos de las orejas y los bastoncillos para caramelos fabricados con materiales compostables.
Además, los fabricantes o distribuidores de toallitas húmedas que se ofrezcan en el mercado en las Islas Baleares tendrán que incorporar información sobre los efectos de estos productos en el medio ambiente.
La nueva ley prevé también una racionalización en el uso de los envases, para lo cual se deberán implicar tanto las instituciones públicas como los establecimientos privados. Así, se promoverá la instalación de fuentes de agua potable y se prohibirá la venta de botellas de un solo uso en las instituciones públicas. En los acontecimientos públicos que cuenten con apoyo de las instituciones se tendrán que implantar alternativas a la venta y la distribución de bebidas envasadas y de vasos de un solo uso. Por otra parte, los establecimientos de hostelería y restauración ofrecerán siempre la posibilidad de consumir agua no envasada, de forma gratuita y complementaria.
Con respecto al desperdicio alimenticio, se creará un código de buenas prácticas para reducirlo y se prohibirá la eliminación de alimentos en buen estado por parte de los comercios y puntos de venta. Además, la comida cocinada sobrante de comedores escolares, hospitales, residencias y grandes colectivos, entre otros, se podrán entregar a comedores sociales y a aquellos particulares que lo necesiten, previa armonización de la normativa sanitaria. Asimismo, los restaurantes y los hoteles tendrán que facilitar a sus clientes, si así lo desean, los restos de alimentos no consumidos.
Recogida separada
El espíritu de la ley es incidir en la jerarquía de residuos y, por lo tanto, potenciar en primer término la reducción de la producción de los residuos, la preparación para la reutilización y el reciclaje. Por esto, la normativa fomenta la recogida separada de residuos en origen, que tendrán que asumir todos los establecimientos públicos y privados y los entes locales en un plazo de dos años; en este contexto, se deberá ofrecer la recogida diferenciada de materia orgánica compostable, aceite vegetal usado, residuos textiles y residuos peligrosos, todos ellos de origen domiciliario.
Se deberá ofrecer la recogida diferenciada de materia orgánica compostable, aceite vegetal usado, textiles y residuos peligrosos
Los entes locales establecerán sistemas para potenciar la opción del autocompostaje, deberán asegurar que los contenedores y las áreas de aportación de recogida municipal en zona rústica estén en consonancia estética con su entorno, especialmente en zonas de especial interés y protección ambiental, y evitarán contenedores aislados que constituyan un foco de vertidos incontrolados. En dos años, todos los municipios han de garantizar el servicio de centro de reciclaje a sus ciudadanos, ya sea de forma independiente o mancomunada.
Importación de residuos
La nueva ley también aclara las competencias de las diferentes administraciones e incorpora el procedimiento para la elaboración y la aprobación de los planes de prevención y gestión de residuos, así como sus mecanismos de seguimiento y control.
Con respecto al traslado de residuos, desde la entrada en vigor de la normativa quedará prohibida la importación de residuos con destino a plantas de tratamiento públicas ubicadas en el territorio de las Islas Baleares.
La transparencia es otro pilar de la ley, no solo porque incluye el concepto de «quien contamina paga», sino porque exige la transparencia en las tarifas, las tasas y los precios públicos de recogida y de tratamiento. En este marco se crea el Registro de producción y gestión de residuos de las Islas Baleares, de manera que los productores que generen más de 10 toneladas de residuos al año estarán obligados a elaborar y enviar al Govern un estudio de minimización en la producción de residuos cada cuatro años. Además, los gestores de residuos registrados, sean peligrosos o no, estarán obligados a presentar los datos relativos a los residuos producidos y gestionados durante el año anterior.
La ley recoge también la creación de un inventario de suelos degradados y contaminados de las Islas Baleares y prevé la recuperación voluntaria de estos suelos.
Prevención, reutilización y reciclaje
Todas estas medidas pretenden cumplir los objetivos del gobierno en materia de prevención, reutilización y reciclaje, de conformidad con la legislación básica estatal y la legislación comunitaria. Este objetivos son:
- Reducir un 10% antes de 2020 y un 20% antes de 2030 la generación de residuos respecto al año 2010.
- Aumentar, antes del año 2020, al menos hasta un 50% del peso y para cada fracción, la preparación para la reutilización y el reciclaje, conjuntamente, de materiales como papel, metales, vidrio, plástico y biorresiduos, como mínimo, de los residuos domésticos y comerciales. Este porcentaje deberá ser de un 65% en el año 2030.
- Reciclar, antes del año 2030, al menos un 75% de los residuos de envases, entendiendo como tal la valorización material de los generados.
- Aumentar, antes del año 2020, hasta al menos un 70% del peso, la preparación para la reutilización, el reciclado y la valorización de los residuos no peligrosos de la construcción y la demolición. Este porcentaje deberá ser del 80% en 2030.
- Alcanzar, antes del año 2025, el objetivo del 3% de preparación para la reutilización del total de residuos domésticos gestionados, y un 5% en el año 2030. Estos porcentajes se deberán alcanzar igualmente y por separado para los residuos comerciales y para los residuos industriales, sin tener en cuenta la fracción orgánica de los residuos domésticos ni la poda.
- Reducir hasta el 50% el desperdicio alimentario para el año 2030 en relación con 2020.
- Dar cumplimiento a los objetivos mínimos anuales de recogida separada fijados por el Estado para los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos domésticos.
- Establecer, en relación con los vehículos fuera de uso, unos porcentajes de preparación para la reutilización y la comercialización de piezas y componentes que supongan, al menos, un 10% en 2020 del peso total de los vehículos tratados. Para el 2030, este porcentaje deberá aumentar hasta el 20%.
- Establecer un porcentaje máximo del 10%, antes del año 2030, en la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
En caso de que no alcanzar los objetivos para el año 2020, se establecerá un canon para grabar el vertido del rechazo de los residuos
El régimen de sanciones aplicables es el que regula la legislación básica del Estado en materia de residuos y suelos contaminados, a excepción de las multas, que van desde 300 euros hasta 9.000 euros por las infracciones leves; hasta 300.000 euros por las infracciones graves, y hasta 1.750.000 euros por las infracciones muy graves.
El Anteproyecto de ley prevé, en caso de que no se alcancen los objetivos marcados para el año 2020, el establecimiento de un canon para grabar la disposición del rechazo de los residuos.
A la hora de redactar el Anteproyecto de ley, ha tenido una gran importancia el proceso participativo, durante el cual se han recibido más de 800 aportaciones. Se han realizado 34 entrevistas a profesionales, públicos y privados, de las diferentes islas, dedicados a la gestión de residuos, y se han mantenido reuniones sectoriales y con los consells insulars, además de llevarse a cabo seis talleres en todas las islas en los que han participado 135 personas a partir de un primer borrador de la normativa.
El Anteproyecto de ley se puede consultar en residus.caib.es.