Víctor Moralo Iza.
Attorney and Partner at ECIJA.
Área de Urbanismo y Medio Ambiente.
La mejor medida de prevención de residuos pasa por facilitar a los consumidores el acceso a productos que no necesitan envases y promover al mismo tiempo el uso de envases reutilizables.
El próximo 3 de julio termina la fase de participación pública del Anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados. El Título II (artículo 17 y siguientes) viene a regular la prevención de residuos. La futura ley prevé que las políticas de prevención de residuos se encaminarán a lograr un objetivo de reducción del peso de los residuos producidos.
Para la consecución de los objetivos de prevención, el Gobierno podrá establecer objetivos específicos de prevención para determinados productos. A partir de 2021, queda prohibida la destrucción de excedentes no vendidos de productos no perecederos tales como textiles, juguetes, aparatos eléctricos, entre otros, salvo que dichos productos deban destruirse conforme a otra normativa.
Al objeto de reducir el consumo de envases, las administraciones públicas adoptarán las medidas necesarias para reducir el consumo de agua embotellada en sus dependencias. Con ese mismo objeto, en los establecimientos del sector de la hostelería y restauración se tendrá que ofrecer siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita.
Pero la mejor medida de prevención es facilitar a los consumidores el acceso a productos que no necesitan envases (embalajes, cápsulas, monodosis, etc.) para que no acaben convirtiéndose en residuos que ni se reutilizan, ni se reciclan, ni se compostan. De la misma manera, lo es también el facilitar a los consumidores productos con envases reutilizables, estableciendo ayudas económicas e incentivos fiscales que potencien la utilización de estos envases o productos por encima de los de un solo uso y marcar objetivos de reutilización. Máxime en el actual contexto, donde los envases de bebidas reutilizables dejaron de venderse en el canal de alimentación en los años ochenta y en la HORECA están disminuyendo cada vez más, sustituyéndose por botellas de plástico de un solo uso.
Efectivamente, hay muchos productos que pueden tener una opción reutilizable. Para que esto ocurra, son medidas eficaces el establecer incentivos a la utilización de envases reutilizables, así como objetivos vinculantes de reutilización. Podemos citar como antecedentes el artículo 26 de la Ley Foral 14/2018 de Residuos y su Fiscalidad de Navarra y el artículo 2.2 de Ley 8/2019, de Residuos y Suelos Contaminados de Illes Balears.
El artículo 26 de la Ley Foral pretende potenciar la reutilización, el reciclaje de alta calidad y la valorización de materiales de envases. Para ello, prevé ayudas económicas e incentivos fiscales que potencien la utilización de envases reutilizables. Además, se fijan objetivos de reutilización para envases empleados en el canal HORECA para determinados envases y bebidas de aguas, cerveza, bebidas refrescantes; y también se fijan para envases empleados en canales de consumo diferentes. En la misma línea podemos señalar el artículo 2.2 de la Ley 8/2019, de Residuos y Suelos Contaminados de Illes Balears, que fija objetivos similares de reutilización para el año 2030.
A su vez, tanto para reutilización como para el fomento del reciclaje de alta calidad, es necesario disponer de un ecosistema de gestión asentado en el valor de los recursos, no sobre la pesada carga de los residuos, que posibilite el retorno del envase para su reutilización y recuperación de un material de calidad que permita que de un envase pueda volver a fabricarse otro envase.
Ahora bien, de nada serviría establecer objetivos de reutilización si no se acompañan de otras medidas, tanto de incentivo como disruptivas que sirvan para cambiar de forma efectiva las actuales prácticas. Un buen ejemplo de estas medidas es la prevista la legislación portuguesa de 2018, concretamente el artículo 3 de la Lei nº 69/2018, de 26 de dezembro, por el que se adiciona el artículo 23-C del Decreto-Lei n.º 152-D/2017, de 11 de dezembro (conocido como UNILEX). El legislador portugués impone a las superficies comerciales designar áreas dedicadas y debidamente señaladas a bebidas en envases reutilizables.
Sin duda alguna, si se impusiera a las grandes superficies comerciales la obligación de implementar en sus instalaciones un área exclusiva para bebidas en envases reutilizables, se fomentaría de forma efectiva la prevención, como también lo sería establecer ayudas económicas e incentivos fiscales para la fabricación y utilización de envases reutilizables. El legislador tiene que decidir y debe hacerlo ahora atendiendo al bien común.