Gemma Modolell i Boira.
Abogada.
TERRAQUI. Derecho Ambiental.
El DOGC de 25 de abril de 2017 hizo pública la Resolución TES/859/2017, de convocatoria para la concesión de subvenciones para proyectos de fomento de la economía circular.
El plazo para la presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, es decir, finaliza el 25 de junio de 2017.
Las subvenciones se otorgarán de acuerdo con las bases reguladoras de subvenciones para proyectos de fomento de la economía circular, aprobadas mediante Resolución TES/792/2017, de 10 de abril, publicada en el DOGC de 19 de abril de 2017.
El objeto de esta línea de subvenciones es el fomento de proyectos para la aceleración de la transición hacia una economía más circular en Cataluña, mejorando la eficiencia en el uso de los recursos materiales y desacoplando el desarrollo económico global del consumo de recursos.
La economía circular, a los efectos de esta línea de subvenciones, se define como aquella economía que es reparadora y regenerativa por diseño, y que tiene como objetivo mantener los productos, componentes y materiales en su utilidad y valor más altos en todo momento, distinguiendo entre ciclos técnicos y biológicos.
Pueden ser objeto de las subvenciones reguladas en estas bases los proyectos siguientes:
Clase A. Proyectos de implementación en el mercado de nuevos productos o servicios de las categorías siguientes:
- Ecodiseño de productos o servicios que promueva una prevención de residuos a lo largo del ciclo de vida, a excepción de los proyectos que se centran exclusivamente en la reducción de residuos en la etapa de fabricación, los cuales son objeto de la Orden de subvención para la ejecución de proyectos de prevención, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos industriales. Ejemplos: productos desmaterializados, multifuncionales, fabricados con materiales reciclados, de larga vida, reparables, reciclables, modulares y actualizables, modelos de negocio de servitización, etc.
- Reutilización de productos.
- Servicios de retorno de productos usados impulsados por el distribuidor o fabricante de estos productos, con el fin de reutilizarlos, remanufacturarlos o reciclarlos (take-back schemes).
- Simbiosis industrial que promueva la eficiencia de los recursos materiales diferentes del agua.
- Nuevas aplicaciones de materiales reciclados.
- Nuevos procesos o tecnologías que permitan valorizar residuos que actualmente no se están valorizando, o que aumenten el rendimiento y/o la calidad de operaciones existentes de valorización de residuos de terceros.
- Minería de vertederos para la recuperación de materiales.
Clase B. Estudios de obtención y testeo de prototipos o proyectos demostrativos de nuevos productos o servicios, de las siguientes categorías:
- Ecodiseño de productos o servicios que promuevan la eficiencia de los recursos materiales diferentes del agua, a excepción de los proyectos que se centran exclusivamente en la reducción de residuos en la etapa de fabricación, los cuales son objeto de la Orden de subvención para la ejecución de proyectos de prevención, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos industriales. Ejemplos: productos desmaterializados, multifuncionales, fabricados con materiales reciclados, de larga vida, reparables, reciclables, modulares y actualizables, modelos de negocio de servitización, etc.
- Reutilización de productos.
- Servicios de retorno de productos usados impulsados por el distribuidor o fabricante de estos productos, con el fin de reutilizarlos, remanufacturarlos o reciclarlos (take-back schemes).
- Simbiosis industrial que promueva la eficiencia de los recursos materiales diferentes del agua.
- Nuevas aplicaciones de materiales reciclados.
- Nuevos procesos o tecnologías que permitan valorizar residuos que actualmente no se están valorizando, o que aumenten el rendimiento y/o la calidad de operaciones existentes de valorización de residuos de terceros.
- Minería de vertederos para la recuperación de materiales.
El plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de la subvención será de 24 meses a contar desde la fecha de la resolución de otorgamiento de la subvención.
Pueden ser beneficiarias las empresas privadas y agrupaciones de empresas privadas que tengan al menos un establecimiento operativo ubicado en Cataluña.
El importe de la ayuda será de un máximo del 75% de los gastos objeto de la ayuda para pymes o del 50% si el beneficiario no es pyme, con un máximo de 30.000 euros por proyecto.
Puede consultar las resoluciones en los siguientes enlaces:
- Resolución TES/792/2017, de 10 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para proyectos de fomento de la economía circular.
- Resolución TES/859/2017, de 19 de abril, de convocatoria para la concesión de subvenciones para proyectos de fomento de la economía circular (ref. BDNS 343434).